07 noviembre 2010

Derecho y Razón: hacia una decadencia del Cristianismo

Podemos decir que el Derecho pre-moderno, es una noción que se construye en base a ciertos postulados. En esta época, el Derecho es siempre la expresión de la razón humana, por ende, esta razón manifiesta la existencia de una naturaleza humana que es eterna, inalterable y normativamente deseable.

Esta época es tan racionalista, que se consideraba que si un derecho no estaba adecuado a la razón, carecía de fuerza normativa, por ende, no sería jurídico y no sería considerado como un Derecho. Pero, ¿Por qué se habla de derecho pre-moderno? La respuesta lo mencione en el inicio de este paper, pero la complementaré mas. La gran diferencia, es que en el derecho antiguo se creía que en el mundo existían reglas y que el derecho solo las acataba, mientras que el derecho pre-moderno creía que en las relaciones humanas había una intrínseca racionalidad, y que el derecho debía desentrañarla mediante la argumentación.

¿Qué influencia tiene el Cristianismo, en este tipo de derecho? Demasiado, ya que, a pesar de que se considera como bien común a un Dios infinito, para llegar a considerar a este como un bien, primero se tenía que ser racional. Dios nos instruía a actuar de cierta forma, pero para ello se debía ser racional. Pero lo más importante, es la aparición de ciertos individuos que plasman su ideología cristiana al derecho, como lo es Santo Tomas de Aquino, por mencionar alguno. Tomás de Aquino, en la cuestión 90, artículo 4, define el concepto de ley como una “ordenación al bien común, ordenación de la razón, que ha sido promulgada por quien tiene por cuidado a la comunidad”. Esa definición, plasma lo dicho en el primer párrafo de este ensayo. Como bien sabemos, el derecho es un sistema normativo, que se regula por, valga la redundancia, por normas y leyes. Por eso, y aplicando fundamentos racionalistas y cristianos, Tomas da ciertos requisitos para poder crear una ley: 1° Ordenación de la razón, 2° Que esté orientada al bien común, y 3° que esta sea promulgada por quien tiene al cuidado de la comunidad. Me quiero referir explícitamente al primer punto. Como expresó Tomas en la cuestión 90, articulo 4, la ley es una ordenación de la razón, por lo que enlaza explícitamente al derecho con la razón. Definiendo el primer punto, toda ley es siempre parte de la razón, es siempre una regla, que nos induce a actuar de una forma, o no actuar de cierta forma. La ley obliga a la criatura racional, siempre en orden a lo que es la razón, porque se entiende que la ley es una mera expresión de la Recta Razón, que nos orienta a una idea de bien (que en este caso, sería Dios). En la recta razón, podemos encontrar una gran influencia entre el cristianismo con la razón. Como se vio en clases, la recta razón es un criterio de corrección moral, que ajusta la acción de la criatura racional, a lo que es su fin, que es Dios.

Para concluir con el punto anterior, el cristianismo marca una tendencia de relación intrínseca entre el derecho con la razón, justificando esta última con la existencia de Dios, con los comportamientos, etc. Visto ya que la razón con el derecho están relacionados entre si, nos queda por analizar cómo se manifiesta modernamente esta relación.

En el derecho moderno, encontraremos a un tipo que se dedicó a estudiar política, moral y derecho. Este tipo es Nicolo Maquiavelo, que hace una crítica a Santo Tomas de Aquino.

Tomas decía que la voluntad tiende a un bien (al igual que Aristóteles). También decía que para llegar a ese bien, sería necesario obedecer a Dios, concluyendo que es necesario ser un buen cristiano. Ese bien es la felicidad, la contemplación, la llegada a un Dios que nos guie. Maquiavelo, en cambio, contradecía a Tomas en este último punto. Para llegar a ser un buen príncipe (o Leviatán, como dirá Hobbes años después) es posible llegar a ser, a veces, un mal cristiano.

Modernamente, la relación entre derecho y razón, se manifiesta de una manera extrínseca, es decir, no están ligados necesariamente el uno con el otro. M. Detmold sostiene esa afirmación, diciendo que el derecho, con el pensamiento teórico(es decir, la razón) es altamente complejo. También, el mismo Detmold afirma que la justificación del derecho no depende de la racionalidad, sino que de la voluntad del pueblo Yo creo que esa afirmación es un poco vaga, ya que en la época moderna el derecho, como sostiene Detmold, se desliga de la razón, siendo la voluntad soberana la que justifica la creación del derecho. Yo me hago las siguientes preguntas con respecto a ambas afirmaciones de Detmold: ¿Cómo se crea la voluntad de una masa de gente?, ¿Cómo debe actuar un soberano, para procurar un bien común? Yo creo que, más que nada, en esta época se evoluciona a una época con nula concepción cristiana. Me explico, el derecho en la época pre-moderna tenía una fuerte connotación racional, pero a la vez, cristiana. La razón se plasmaba en la idea cristiana de Dios como bien común, siendo Aquino el encargado de expresar ese ideario, escribiendo la Suma de Teología. En cambio, en la época moderna, el derecho se separa de la razón, siendo el fundamento de este la voluntad del pueblo, siendo expresada de la nada. No creo en esa nada. Creo que esa nada esta intrínsecamente relacionada con la razón. Además, intrigando en mi idea de la involución cristiana en el derecho, Maquiavelo cree que para llegar a ser un buen soberano, es necesario a veces, ser un mal cristiano. Por ende, ratifico mi idea de la separación del cristianismo.

Siguiendo con Detmold, este dice que entre el poder legislativo y la razón, existe, otra vez, una relación extrínseca. Que la validez de lo dictado por el legislador, depende de que sea un acto de la voluntad del pueblo. Y me vuelvo a cuestionar, Si la voluntad del pueblo es procurar un bien común, ¿Cómo se les ocurre a ellos ese bien? Tiene que ser necesariamente por la razón, porque sin ella, encontraríamos un Estado Natural en el cual se regiría por la libertad, que no tendría soberano que se preocupara por procurar un bien común, y, lo mas preocupante, no existiría derecho. Entonces, ¿Se podría hacer referencia al derecho moderno como un derecho acristiano? A simple vista puede ser, por que no hay que olvidar que en lo pre-moderno existía una alta connotación cristiana, como por ejemplo, Graciano, el padre del Derecho Canónico, o los dictados del papa Gregorio VII. Pero, ¿y en lo moderno? Donde podemos encontrar una intrínseca relación entre derecho y cristianismo? ¿Por qué se considera extrínseca la relación derecho-razón, modernamente hablando, siendo que la razón es la base de la voluntad soberana?

“La libertad es, en la filosofía, la razón; en el arte, la inspiración; en la política, el derecho”. Con esta frase del novelista francés, Víctor Hugo, quiero reflejar la relación entre un estado natural y el derecho. Habiendo libertad, estamos dentro de un estado natural. Pero Víctor Hugo relaciona, generalmente hablando, la filosofía con la política y, particularmente hablando, la libertad con el derecho. Dice que la libertad, con la razón, y el derecho, son lo mismo, entonces podemos concluir que la libertad es producto de la razón que queda plasmado dentro del derecho.